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5 de Julio de 2010

La profesión médica ve insuficiente el reconocimiento de la objeción de conciencia en la Ley del Aborto y pide más regulación

Las dificultades derivadas de la escasa, por no decir nula, regulación de la objeción de conciencia en el ámbito sanitario se acrecientan a medida que nuestra sociedad se hace progresivamente más heterogénea, plural y multicultural. La especificidad del acto médico reclama una normativa, ahora más que nunca, que regule esta situación. En ningún caso se trata de que el objetor pretenda cambiar la norma sino que se le exima de su cumplimiento por razones de conciencia. La nueva Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo ya está en vigor y si bien en ella hay un reconocimiento a la objeción de conciencia de los profesionales que vayan a intervenir en el acto quirúrgico, en el ámbito sanitario ésta va mucho más allá, puesto que ha de abarcar todo el proceso y para ello se necesita una regulación normativa específica para el ámbito sanitario. De todo ello se habló ante más de una treintena de medios de comunicación que participaron en el encuentro informativo que sobre este tema celebró la Organización Médica Colegial el pasado 2 de julio.

En el encuentro intervinieron, además del presidente de la Organización Médica Colegial, el doctor Juan José Rodríguez Sendín, miembros de la Comisión Central de Deontología Médica de la OMC, los doctores Marcos Gómez Sáncho, presidente, y Joan Monés, vocal. Para hablar de los aspectos jurídicos que acompañan a la objeción de conciencia se contó con la participación del experto en Derecho Sanitario y presidente de la Asociación Española de Derecho Sanitario (AEDS) el abogado Ricardo De Lorenzo.

La demanda generalizada por parte de los participantes en dicho encuentro fue el de la necesaria regulación normativa de la objeción de conciencia, y específicamente para el ámbito sanitario. Y es que como subrayó, al inicio del acto, el presidente de la OMC, el doctor Juan José Rodríguez Sendín, aunque "la objeción de conciencia quede contemplada en la nueva ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, en contra de lo que el Ministro de Justicia opinaba sólo hace un año y siendo dicho reconocimiento aplaudido desde la Organización Médica Colegial, sin embargo, ha de quedar claro que dicha objeción no sólo nos preocupa a los médicos cuando se habla de aborto, sino también en muchas más situaciones del día a día de la actividad asistencial".

En el acto se destacó la importancia de la respuesta, por parte de los médicos a un gran número de principios y valores que tiene la Medicina, "sin los cuales esta profesión no sería lo mismo", tal como indicó el doctor Rodríguez Sendín en un momento de su intervención. Así, -recalcó- "los principios y valores de la Medicina son fundamentales para mantener su calidad y para anteponer los intereses de los pacientes a los de los propios médicos. Pero también es necesario que el profesional respete los valores de la profesión. No obstante, hay veces que los valores personales entran en conflicto con los que nos exige el servicio público, y es cuando hablamos de la necesidad de objetar". Con todo ello, se llega a la conclusión de que la objeción de conciencia "es tan necesaria para la profesión médica como el aire para respirar, sin objeción de conciencia, la Medicina quedaría en tal absoluta mecanización, que dejaría de ser Medicina", según sus palabras.

La impresión del presidente Rodríguez Sendín es que en el tema de la objeción de conciencia, "la gente tiende a colocarse en posiciones extremas", de ahí que el objetivo de la OMC "es intentar buscar siempre soluciones intermedias que puedan ser lo menos gravosas para los intereses en conflicto, que permitan respetar el derecho del médico a objetar y, además, que preserven a los pacientes y al servicio de los derechos que también les ofrece la ley".

La objeción de conciencia, como recordó el profesor Joan Monés, también profesor de Medicina y Bioética en la Universidad Autónoma de Barcelona, no estaba contemplada en el proyecto de ley de interrupción del embarazo enviado a las cortes, pero sí en el definitivo, que dice textualmente, que "los profesionales sanitarios directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo tendrán derecho a ejercer la objeción de conciencia sin que el acceso y la calidad asistencial sean menoscabadas".

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